5 de marzo de 2010

Práctica nº 3: Comisión de las Comunidades Europeas

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE REGIONES.


I. Los desafíos y las oportunidades de la globalización y el cambio.

La forma de vida y trabajo de los ciudadanos europeos está cambiando muy rápidamente, debido a la integración económica europea e internacional, el desarrollo de nuevas tecnologías, el envejecimiento demográfico de la población y el desarrollo, en muchos países, de mercados laborales segmentados.

La globalización exige respuestas rápidas de las empresas y los trabajadores. Se requiere un mercado laboral más flexible, creando más y mejores puestos de trabajo, reduciendo los empleos precarios y promoviendo la integración de los grupos más desfavorecidos.

Para poder cumplir los objetivos de Lisboa, se precisan nuevas formas de flexibilidad y seguridad. El ciudadano necesita más la seguridad del empleo, y no la del puesto de trabajo, ya que estos aceptan la necesidad de adaptación y cambio. Las empresas deben ser capaces de adaptar la mano de obra a las condiciones económicas cambiantes.


II. Un enfoque integrado de la flexiguridad.

Siguiendo los objetivos de la estrategia de Lisboa, el enfoque de la flexiguridad es la necesidad de mejorar cualitativa y cuantitativamente el empleo. Exige actuaciones de flexibilidad de los mercados laborales y la seguridad tanto del empleo como la seguridad social.
La flexiguridad es una estrategia integrada para potenciar la flexibilidad y la seguridad del mercado laboral.

La flexibilidad alude al acceso de los trabajadores hacia mejores empleos. Asimismo, la flexibilidad es característica de una organización del trabajo flexible, capaz de responder rápida y eficazmente a nuevas necesidades. Por seguridad, además de la conservación del puesto de trabajo, trata de equiparar a las personas para progresar en la vida laboral o encontrar nuevos empleos.

Hay cuatro ejes de actuación:

1. Disposiciones contractuales flexibles y fiables: Algunos trabajadores experimentan una elevada flexibilidad y escasa seguridad, otros en cambio trabajan bajo unas legislaciones de estricta protección del empleo contra los despidos por razones económicas. Las empresas tienen en cuenta la probabilidad de incurrir en altos costes por despido y, sobre todo, en el caso de las pymes, fomentan los contratos temporales de escasa protección laboral, favoreciendo la segmentación del mercado laboral.
2. Estrategias globales de aprendizaje permanente a fin de garantizar la adaptabilidad y empleabilidad de los trabajadores, sobre todo, para los más vulnerables.
3. Políticas activas de mercado laboral que ayuden a afrontar cambios, reduzcan los periodos de desempleo y faciliten las transacciones a nuevos puestos de trabajo.
4. Sistemas de seguridad social modernos que ofrezcan un apoyo a la renta adecuado, fomenten el empleo y faciliten la movilidad en el mercado laboral, además de unas medidas de protección social.


III. Politicas de flexiguridad: la experiencia de los estados miembros.

La OCDE caracteriza la flexiguridad con una legislación de protección del empleo moderada, una alta participación en el aprendizaje permanente, un gasto elevado en políticas del mercado laboral, unos regímenes de prestaciones de desempleo, unos sistemas de seguridad social y una importante presencia sindical. Hay que añadir las políticas macroeconómicas sólidas y unas políticas microeconómicas eficaces, así como unos mercados de productos, servicios y capitales abiertos y competitivos.


IV. Flexiguridad y diálogo social.

El apoyo de los interlocutores sociales a los objetivos de la estrategia de Lisboa es una baza importante, además son los más capacitados para responder a las necesidades de los empresarios y trabajadores y detectar la sinergia entre ellos.
La comisión anima a los Estados Miembros a trabajar con los interlocutores sociales en los Programas Nacionales de Reforma en materia de flexiguridad.


V. Desarrollo de principios comunes de flexiguridad.

A pesar de haber distintas políticas de flexiguridad en los diferentes Estados Miembros de la UE, todos deben afrontar el reto de la modernización y la adaptación a la globalización y al cambio, a través de una serie de principios comunes de la flexiguridad.

Los principios comunes son:

1. Disposiciones contractuales flexibles y fiables, estrategias de aprendizaje permanente, políticas activas del mercado laboral y sistemas de seguridad modernos. Su objetivo es potenciar el crecimiento del empleo y mejora cualitativa y cuantitativamente.
2. Equilibrio entre los derechos y las responsabilidades de los empleadores, los trabajadores, solicitantes de empleo y las autoridades públicas.
3. Adaptarse a las circunstancias de cada estado miembro. La flexiguridad no es un único modelo de mercado laboral ni una estrategia única de actuación.
4. Para los que están dentro del mercado laboral, favorecer las transiciones de un empleo a otro, mientras los que están fuera del mercado laboral, facilitar la entrada y apoyo para acceder a unas modalidades contractuales estables.
5. Debe promoverse la flexiguridad interna (en una misma empresa), pero también la externa (de una empresa a otra). Debe facilitarse la movilidad ascendente como dar seguridad en la transición de un empleo a otro.
6. Debe apoyar la igualdad de género.
7. Requiere un diálogo entre las autoridades públicas y los interlocutores sociales, con buena disposición a asumir políticas equilibradas.
8. Las políticas de flexiguridad deberían contribuir también a políticas presupuestarias sólidas, persiguiendo una distribución justa entre coste y beneficio.


VI. Los itinerarios de flexiguridad.

Cada país tiene un contexto socioeconómico, cultural e institucional, no hay una flexiguridad común. Sin embargo, se pueden crear una serie de itinerarios que aborden retos específicos para varios estados miembros, sin reflejar la situación concreta de un país.

A fin de ayudar a los países a superar los desafíos típicos que puedan surgir en el camino a la flexiguridad, se determinan una serie de secuencias y combinaciones tipo de los componentes estratégicos de la flexiguridad, denominados itinerarios de la flexiguridad.

Hay cuatro itinerarios tipo:

1. Abordar la segmentación contractual.
2. Desarrollar la flexiguridad en el seno de las empresas y ofrecer seguridad en los períodos de transición.
3. Abordar las diferencias entre la mano de obra, en cuanto a capacidades y oportunidades.
4. Mejorar las oportunidades de los beneficiarios de prestaciones y los trabajadores no declarados.
Cada estado junto con los interlocutores sociales y otros partes interesadas, pueden con sus retos específicos y itinerarios tipo, elaborar sus propios itinerarios hacia las combinaciones óptimas de flexibilidad y seguridad, además de instrumento de aprendizaje.


VII. La dimensión financiera de la flexiguridad.

A la hora de evaluar los costes económicos de la flexiguridad, debemos tener en cuenta los beneficios presupuestarios derivados del aumento del dinamismo del mercado laboral, del empleo y productividad.

El presupuesto dedicado al aprendizaje exigirá una utilización más eficaz de los recursos públicos y privados. En la actualidad los empleadores corren con una parte importante de los costes de la formación en el puesto de trabajo, y por otra parte, hay trabajadores que corren con esos costes, sabiendo que una mayor formación redundará en un mayor sueldo. Para unos y otros, la administración debería ayudar mediante deducciones fiscales.

Las políticas de flexiguridad tienen a menudo repercusiones presupuestarias y deben ser compatibles con políticas presupuestarias sólidas.


VIII. La flexiguridad y la estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo.

En el marco de la Estrategia de Lisboa, la Comisión incluirá los primeros comentarios sobre la manera en que los Estados Miembros podrían beneficiarse de los principios comunes y de los itinerarios de la flexiguridad para elaborar sus propias políticas.

La Comisión hará un seguimiento de las estrategias que han llevado a cabo los Estados Miembros en materia de flexiguridad, haciendo hincapié en que todos los Estados Miembros se beneficien de las políticas de flexiguridad que funcionen.

La Comisión invita a los interlocutores sociales europeos a participar en el diálogo comunitario sobre la base de los principios comunes aprobados por el Consejo Europeo.

Conclusiones:

Cada uno de los países de la UE tiene diferentes contextos socio-económicos, culturales e institucionales respecto a condiciones de política de empleo y de prestaciones de desempleo, ayudas sociales y económicas, aprendizaje de formación, etc.

Unos países ,ofrecen elevados niveles de protección del empleo, favoreciendo los puestos de trabajo incluido la transición de un puesto a otro ,y otros países, tienen fuertes penalizaciones para los empresarios a la hora de despedir a los trabajadores, dando lugar, a empleos protegidos y a empleos precarios entre grupos desfavorecidos y ha diferencias en los sistemas de protección social.

El Parlamento Europeo creó una Comisión para abordar la flexibilidad en los mercados laborales y la seguridad tanto en el empleo como en la seguridad social, llamado flexiguridad, desarrollando una serie de principios básicos, denominados itinerarios de la flexiguridad.

Cada Estado Miembro podrá junto con los interlocutores sociales, elaborar conforme a sus retos específicos, utilizando estos principios, sus propios itinerarios hacia un sistema de política de flexiguridad.

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